Divorcio Administrativo

Divorcio Administrativo

El divorcio administrativo se presenta cuando ambos consortes acuerdan divorciarse y son mayores de edad, no tienen hijos y de común acuerdo han liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron.
El divorcio administrativo se puede dar hasta después de celebrado un año el matrimonio. 

Enviar Mensaje

Se enviará un email al negocio